Enlace de Información Pública
Información del puesto
Artículo 16. Las personas Enlace tienen las atribuciones genéricas siguientes:
- Acordar con la persona Titular de la Unidad Administrativa a la que estén adscritos, el trámite, atención, desarrollo y resolución de los asuntos encomendados y de aquellos que se turnen al personal de administrativo o de otra índole, bajo su vigilancia;
- Participar conforme a las instrucciones de sus superiores jerárquicos inmediato, en la inspección y fiscalización del desempeño de las labores de personal administrativo o de otra índole de unidad administrativa de apoyo técnico operativo a la cual estén adscritos;
- Informar de manera constante y periódica sus labores encomendadas, así como de las asignadas al personal a su cargo;
- Elaborar proyectos relacionados con su marco de actuación de la Unidad Administrativa o Unidad Administrativa de Apoyo Técnico Operativo a la que estén adscritos, y en su caso, ejecutarlos o darles seguimiento; y
- Las demás que le asigne la persona Titular de la Coordinación General y sus superiores jerárquicos.
Área a la que pertenece
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