Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional

Información del puesto

Artículo 8. La Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional de Carrera es la encargada de dirigir y participar en la ejecución de los procesos y procedimientos relacionados con el ingreso, evaluación, certificación, permanencia y separación del personal sustantivo; y cuando sea el caso, de los procesos que correspondan a los Operadores; llevará a cabo la administración de los servicios escolares, con atención a los servicios informáticos y sistemas; con atención y seguimiento a los Órganos Administrativos del Instituto y con atención a los asuntos jurídicos del Instituto, quien ejercerá a través de su Titular o de las personas Titulares de las Unidades Administrativa de Apoyo Técnico Operativo a su adscripción, en el ámbito de sus competencias, las atribuciones siguientes:

  • Ejecutar las políticas, normas, procesos, mecanismos y procedimientos relacionados con el Servicio Profesional de Carrera del personal sustantivo, relativos al reclutamiento, ingreso, selección, evaluación del desempeño, permanencia y, en su caso certificación; 
  • Remitir al área competente de la Fiscalía General, los resultados y determinaciones de los procesos relacionados con el Servicio Profesional de Carrera, en su caso, de aquéllos relacionados con los Operadores;
  • Elaborar y ejecutar los procedimientos, mecanismos e instrumentos aprobados por el Consejo de Profesionalización, para la incorporación al Servicio Profesional de Carrera del personal que cuente con designación directa, de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera;
  • Sustanciar los procedimientos de separación del Servicio Profesional de Carrera del personal ministerial y pericial, por incumplimiento de requisitos de permanencia;
  • Llevar a cabo el diseño, elaboración y modificación de los perfiles profesionales y competenciales del personal sustantivo; y en su caso, de los Operadores;
  • Elaborar y ejecutar los procedimientos de certificación de competencias profesionales del personal de la Fiscalía General, en los términos establecidos en la normatividad aplicable;
  • Elaborar y modificar el Programa de Gestión de Desempeño y Desarrollo Humano; así como la planeación y ejecución de acciones preventivas y correctivas en apoyo del desarrollo humano del Personal Sustantivo y de las personas Operadores;
  • Gestionar la aplicación de las Evaluaciones de Control de Confianza del personal sustantivo de la Fiscalía General, y en su caso, del Personal de la Fiscalía General que así lo requiera, de conformidad con la normatividad aplicable;
  • Gestionar la expedición de títulos, grados, certificados, certificaciones, diplomas, constancias y demás documentación que acredite los estudios, la participación en actividades académicas o la acreditación de competencias, así como dirigir la recepción y resguardo de la documentación soporte respectiva, que remitan las Unidades Administrativas correspondientes;
  • Llevar a cabo las gestiones administrativas necesarias ante las autoridades de educación superior, para obtener el registro de los programas académicos que así lo requieran;
  • Ejecutar los procedimientos y controles de administración y servicios escolares de las diferentes actividades académicas a cargo del Instituto; coordinar los Servicios Bibliotecarios del Instituto, desarrollar y proponer proyectos de digitalización del acervo bibliográfico, así como dirigir el diseño e implementación de estrategias de repositorios documentales;
  • Revisar y opinar los proyectos de convenios, bases y demás instrumentos jurídicos que suscriba el Instituto, así como elaborar y modificar proyectos de Reglamentos, Acuerdos, Lineamientos y demás normatividad vinculada con el Instituto;
  • Dirigir, conforme a lo señalado por la persona Titular del Instituto, la atención y seguimiento de los trabajos y actividades del Consejo de Profesionalización y de los Órganos Administrativos del Instituto;
  • Proponer ante el Unidad Administrativa competente la modificación y actualización de la estructura orgánica del Instituto, con la finalidad de atender los objetivos y fines establecidos en el presente Reglamento y la demás normativa aplicable;
  • Ejecutar acciones jurídicas necesarias para la defensa de los intereses del Instituto, así como atender en los juicios y procedimientos en los que sea parte, la atención y desahogo de los requerimientos o peticiones de información pública, formulación de los informes previos y justificados en los juicios de amparo promovidos contra actos de las personas servidoras públicas adscritas al Instituto, así como la presentación de promociones y recursos que correspondan, de conformidad con las instrucciones de la persona Titular del Instituto; y
  • Las que de manera directa le asigne la persona Titular de la Coordinación General y las que establezca la demás normatividad aplicable.