Coordinación General del Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores

Información del puesto

De acuerdo al artículo 7 del Reglamento Interior del Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, las atribuciones del Titular son las siguientes:

Artículo 7. La persona Titular del Instituto, además de las establecidas en el artículo 70 de la Ley Orgánica y en el Reglamento de ésta, cuenta con las siguientes atribuciones:

I. Elaborar y ejecutar los procesos, mecanismos, actividades y procedimientos relacionados con el Servicio Profesional de Carrera, de conformidad con el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera, Planes y Programas respectivos, así como los acuerdos aprobados por el Consejo de Profesionalización y con la participación y colaboración de las Unidades Administrativas de la Fiscalía General;

II. Diseñar y elaborar de los planes y programas relacionados con el Servicio Profesional de Carrera y en su caso, aquéllos relacionados con los Operadores;

III. Ejecutar las estrategias, mecanismos y procedimientos relativos a la capacitación y, en su caso, certificación de los Operadores, de conformidad con la normatividad aplicable y en coordinación con las instancias competentes de la Fiscalía General;  

IV. Someter al Consejo de Profesionalización, la aprobación de las Convocatorias de ingreso y promoción del personal sustantivo; y, en su caso, la autorización de las Convocatorias relacionadas con los Operadores;

V.  Implementar y operar el sistema para el control y seguimiento del Servicio Profesional de Carrera, en coordinación  con las áreas competentes de la Fiscalía General;   

VI.  Remitir al Unidad Administrativa competente, los resultados y determinaciones de los procesos relacionados con el  Servicio Profesional de Carrera que ejecute o en los que intervenga el Instituto; y en su caso de aquellos relacionados con  los Operadores; 

VII.  Sustanciar los procedimientos de separación por incumplimiento de requisitos de permanencia del Servicio  Profesional de Carrera del personal ministerial y pericial;  

VIII.  Elaborar y sustanciar los procedimientos, mecanismos e instrumentos aprobados por el Consejo de  Profesionalización, para la incorporación al Servicio Profesional de Carrera del personal que cuente con designación directa,  en términos de lo previsto del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera;  

IX.  Coadyuvar con la Coordinación General de Administración de la Fiscalía General en la elaboración y ejecución del  Programa de Gestión de Desempeño y Desarrollo Humano; así como coordinar la planeación y ejecución de acciones  preventivas y correctivas en apoyo del desarrollo humano del personal sustantivo y, en su caso, de los Operadores;   

X.  Coordinar el Centro de Evaluación y Control de Confianza, de conformidad con la normatividad que para tal efecto  se emita;  

XI.  Implementar y ejecutar acciones, mecanismos y procedimientos para el otorgamiento de certificaciones de  competencias profesionales en procuración de justicia, ciencias penales y demás disciplinas afines;   

XII.  Proponer modificaciones del Reglamento Interior del Instituto, del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera;  de los Planes y Programas relacionados con el Servicio Profesional de Carrera; de Lineamientos y demás instrumentos  normativos necesarios para el ejercicio de sus facultades, para someterlos a la aprobación y expedición de la persona Titular  de la Fiscalía General;  

XIII.  Elaborar y en su caso, modificar el Manual Operativo Escolar y demás normatividad que regule la vida académica  del Instituto y someterlo a la aprobación del Comité Académico; así como gestionar la publicación y difusión  correspondiente; 

 XIV. Integrar la plantilla del personal docente que lleva a cabo las funciones y actividades académicas, de posgrado, de  formación, de capacitación, entre otras;   XV.  Instruir la implementación y operación de mecanismos de comunicación de las actividades del Instituto, así como  el desarrollo de materiales audiovisuales para el apoyo de las actividades académicas y de difusión de la cultura jurídica a  través de los canales y medios disponibles;  

XVI. Otorgar, suscribir y expedir títulos, grados, diplomas, constancias, certificados, certificaciones y demás  documentación que acredite los estudios correspondientes realizados en el Instituto por si o en coordinación con otras  instituciones;  

XVII. Presidir los Órganos Administrativos del Instituto o aquellos vinculados con las funciones del Instituto, así como  emitir los Manuales Específicos de Operación, previa aprobación del Órgano Administrativo correspondiente;  

XVIII. Ejecutar, en coordinación con las Unidades Administrativas competentes, los procesos para el otorgamiento de  estímulos y reconocimientos del personal sustantivo;  

XIX. Instruir la ejecución de los procedimientos y controles de administración y servicios escolares, de conformidad con  el Manual Operativo Escolar o con las determinaciones aprobadas por el Comité Académico; así como las gestiones  administrativas necesarias ante las autoridades de educación superior, para obtener el registro de los programas académicos  que así lo requieran;

XX.  Proponer al Consejo de Profesionalización, criterios y montos para el otorgamiento de becas académicas, respecto  de las distintas actividades académicas que realiza el Instituto, previa validación del Comité Académico;   

XXI. Proponer a la Coordinación General de Administración de la Fiscalía General, los montos y cuotas por concepto  servicios educativos;  XXII. Solicitar a la Unidad Administrativa competente, de conformidad con la normatividad aplicable, la modificación y  actualización de la estructura orgánica del Instituto, con la finalidad de atender los objetivos y fines establecidos en el  presente Reglamento y la demás normativa aplicable;  

XXIII. Solicitar la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de la normatividad aprobada y emitida por el  Instituto o por los Órganos Administrativos;  

XXIV. Elaborar propuestas para la administración y gestión de los recursos humanos, materiales, financieros y  tecnológicos asignados al Instituto;  

XXV. Proponer a la persona Titular de la Fiscalía General, la suscripción de instrumentos de colaboración con  instituciones similares del país y del extranjero, en materia de ciencias penales y demás disciplinas afines a la procuración  de justicia;  

XXVI. Suscribir convenios, bases y demás instrumentos jurídicos con Instituciones del sector público, social y privado,  para la ejecución de las facultades encomendadas, incluyendo la prestación e intercambio de servicios académicos, de  evaluación y certificación;  

XXVII. Coordinar la realización de actividades de extensión académica y formación continua en materia de ciencias  penales;   

XXVIII. Instruir la atención de los requerimientos o peticiones de información pública, de conformidad con lo dispuesto en  la normatividad aplicable;   

XXIX. Coordinar con la Unidad Administrativa competente, la formulación de los informes previos y justificados en los  juicios de amparo promovidos contra actos de personas servidoras públicas adscritos al Instituto, así como la presentación  de promociones y recursos que correspondan;   

XXX. Nombrar y designar notificadores para sustanciar los procedimientos a cargo del Instituto;  

XXXI. Fungir como persona Titular de la Secretaría Técnica del Consejo de Profesionalización de la Fiscalía General y  demás Órganos Administrativos de la Fiscalía General, de conformidad con la normatividad aplicable; y  

XXXII. Las demás que establezca el presente Reglamento y demás normatividad aplicable, así como las que le asigne la  persona Titular de la Fiscalía General.

Establecer los planes y programas académicos para los cursos de formación y profesionalización del personal sustantivo que se capacita, actualiza en el Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores

Planear, definir, organizar y dirigir los programas de capacitación en la formación, profesionalización y especialización del personal sustantivo de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, de conformidad con las bases de organización y funcionamiento del servicio Profesional de Carrera, además de establecer y coordinar el diseño de los mecanismos de extensión académica, educación continua, coordinación interinstitucional, investigación y publicaciones en el ámbito de las ciencias penales y la procuración de justicia, así como coordinar con las instancias competentes los procedimientos académicos y de posgrado.